La Firma Digital es una herramienta técnico jurídica que se vale de un procedimiento matemático, que permite garantizar la autoría, autenticidad, integridad, no repudio y validez jurídica.
Para ello utiliza una técnica segura (criptografía asimétrica) que permite vincular e identificar fehacientemente al firmante del documento electrónico.
Es una forma segura y verificable en donde un documento firmado digitalmente, establece que el mismo es un documento con validez jurídica, y que quien niegue ser el autor del contenido del documento por él firmado, es quien debe probar que las declaraciones u obligaciones que se encuentran en él no son las que ha tenido intención de hacer o contratar.
Ley 25.506 - ARTICULO 2º —
Firma Digital. Se entiende por firma digital al resultado de aplicar a un documento digital un procedimiento matemático que requiere información de exclusivo conocimiento del firmante, encontrándose ésta bajo su absoluto control. La firma digital debe ser susceptible de verificación por terceras partes, tal que dicha verificación simultáneamente permita identificar al firmante y detectar cualquier alteración del documento digital posterior a su firma.
La Firma Digital goza de una presunción legal "iuris tantum”; esto significa que si un documento firmado digitalmente es verificado correctamente, se presume salvo prueba en contrario, que proviene del suscriptor del certificado digital asociado y que no fue modificado.
Por otra parte, para reconocer que un documento ha sido firmado digitalmente se requiere que el certificado digital del firmante haya sido emitido por un Certificador Licenciado.
LUEGO DE PRESENTARSE AL TURNO:
O en cualquiera de nuestras Autoridades de Registro Propias o Delegadas que se detallan en nuestro sitio web: https://www.encodesa.com.ar/autoridad-de-registro
Para todos los casos deberá tener la solicitud previamente cargada por sistema
En el siguiente link podrá verificar la documentación que debe presentar para poder realizar su Firma Digital: https://www.encodesa.com.ar/requisitos-solicitar-firma
Para asistencias técnicas se sigue un orden de ingreso, ingrese a nuestro sitio web http://soporte.encodesa.com.ar/ complete el formulario con los datos solicitados y un técnico se va a contactar a la brevedad con usted.
Sí, es posible. Únicamente en el caso de Persona Jurídica.
En caso de realizar el Registro de Firma un apoderado necesita:
Este documento se debe complementar con el resto de la documentación que deba presentar dependiendo a la Sociedad que represente.
Los Certificados de Firma Digital se pueden renovar hasta el mismo día de su vencimiento inclusive dependiendo la hora de expiración del certificado.
Pasada la fecha de vencimiento no es posible renovar el certificado, debiendo generar una nueva solicitud.
Los pasos para renovar su Certificado son:
Para verificar el vencimiento de un certificado debe realizar los siguientes pasos:
“Si el dispositivo token no se encuentra conectado a la pc el certificado no aparecerá y no podrá verificar su vencimiento”.
En el caso de que su certificado se encuentre expirado. Debe realizar los siguientes pasos:
LUEGO DE PRESENTARSE AL TURNO: